A- de 2019
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Jaime Alberto Arteaga Coral
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Negar por cuanto no existió vulneración del debido proceso y se pretende reabrir debate jurídico
- Se rechaza por no cumplir con el presupuesto formal de carga argumentativa suficiente
- Requisitos formales y materiales de procedencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de nulidad de la Sentencia T-059/19.
El fundamento del recurso fue el desconocimiento del precedente jurisprudencial fijado en las Sentencias SU.913/09 y T-547/07, al igual que la omisión de valoración de temas de relevancia constitucional.
La Sala Plena decidió RECHAZAR la nulidad propuesta, por falta de carga argumentativa.
Con el presente auto la Corte también resolvió hacer un llamado de atención al Tribunal Administrativo de Nariño sobre la demora en la efectiva notificación del fallo de la referencia, recordándole que en la decisión y notificación de las providencias proferidas en los procesos de acción de tutela, le asiste el deber de actuar con la especial diligencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. RECHAZAR, por falta de carga argumentativa, la solicitud de nulidad formulada por Jaime Alberto Arteaga Coral en contra de la sentencia T-059 de 2019, providencia proferida por la Sala Cuarta de Revisión de la Corte Constitucional.
- Segundo. LLAMAR LA ATENCIÓN del Tribunal Administrativo de Nariño sobre la demora en la efectiva notificación de la sentencia T-059 de 2019. Por consiguiente, se le recuerda que en la decisión y notificación de las providencias proferidas en procesos de acción de tutela, le asiste el deber de actuar con la especial diligencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.